En un hecho poco común, quedó demorado en la Comisaría local el ciudadano A.A.E., quien -según informe policial- se presentó exaltado y a los gritos en la dependencia por lo que se le solicitó desista la actitud, haciendo el mismo caso omiso y negándose a retirarse del lugar, comenzando a vociferar “…ME PEGAN…”, como así también insultos a la prevención, procediéndose a la demora de este y traslado al Hospital local, donde el medico en turno luego de realizar examen, informa que el ciudadano presenta antecedentes de trastorno mental.
Consultado con el Juez de Paz y Faltas local, éste manifestó conocer sus antecedentes de ser una persona conflictiva, quien hace días atrás habría promovido un desorden en dicho juzgado, ordenando se notifique a este acta contravencional carácter detenido por la sup/inf. Art. 60° de Ley 850-J, se lo identifique en la causa, y proceda a su libertada suspeditada.