TIENE UN PLAZO DE DOS DÍAS HÁBILES PARA RESTABLECER EL PAGO DE LA “CLÁUSULA GATILLO”

A pesar de que el Superior Tribunal de Justicia del Chaco debe revisar el fallo que ordenó restablecer la actualización por inflación del salario de los trabajadores de la educación, la Cámara Segunda de Apelaciones del Trabajo de Resistencia intimó al gobierno del Chaco a dar cumplimiento a la sentencia dictada en octubre de 2025. Lo más trascedente de la resolución es que en caso de persistir el incumplimiento las astreintes se impondrán en forma personalizada al gobernador Leandro Zdero. 

Con una contundente resolución firmada por la jueza Silvia Suárez, la Cámara Segunda de Apelaciones del Trabajo de Resistencia intimó al gobierno provincial a que en un plazo de dos días hábiles restablezca el pago de la “cláusula gatillo” para los trabajadores de la educación y advirtió con fijar multas personales al gobernador del Chaco, Leandro Zdero, en caso de persistir con el incumplimiento de la sentencia dictada en octubre de 2025, que se encuentra apelada ante el Superior Tribunal de Justicia del Chaco.

 La sentencia original fue dictada el 20 de octubre de 2025 y había sido impulsada por la Federación de Trabajadores de la Educación del Chaco (Federación SITECh). Ordenaba restablecer el mecanismo de actualización salarial conocido como “cláusula gatillo” para el personal docente encuadrado en el Escalafón Docente Ley 647-E.

 Concretamente, el fallo establece que debe incrementarse el denominado “Valor Índice Uno” —parámetro utilizado para determinar las remuneraciones del sector— correspondiente a los meses de julio y octubre de 2025, aplicando el porcentaje acumulado de variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) Nacional en cada trimestre: abril-mayo-junio y julio-agosto-septiembre del año pasado, respectivamente.

 El incumplimiento de ese mandato judicial fue denunciado por el abogado Felipe Schwartz, quien presentó un escrito el 10 de marzo. Ante esa denuncia, la magistrada actuó con celeridad y fijó un plazo de solo dos días hábiles, contados desde la notificación, para que la provincia adopte las medidas necesarias y ejecute lo ordenado.

ASTREINTES PARA EL GOBERNADOR ZDERO 

 El aspecto más llamativo de la resolución, a la que tuvo acceso LITIGIO, es la advertencia que contiene: en caso de no acatarse el fallo en el plazo estipulado, se aplicarán astreintes —sanciones económicas conminatorias por cada día de demora— que recaerán de manera personal sobre el gobernador de la provincia, el arquitecto Leandro Zdero. Se trata de una medida de presión judicial de máxima gravedad, que apunta directamente a la primera magistratura provincial.

La notificación deberá realizarse en forma personal o por cédula al mandatario provincial, conforme a los artículos 157 y 158 del Código Procesal Civil y Comercial. Asimismo, se ordenó notificar a Fiscalía de Estado a través del sistema de control de trámites, en cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución del Superior Tribunal de Justicia Nº 443/23.

Fuente: litigio.com.ar