TODAS LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE LA PROVINCIA QUE HAYAN REALIZADO LAS RENDICIONES CORRESPONDIENTES A CUALQUIER OTRO FONDO PERCIBIDO CON ANTERIORIDAD, PODRÁN ACCEDER A UN BENEFICIO ECONÓMICO QUE LES PERMITIRÁ CONTAR CON INSUMOS DE SEGURIDAD E HIGIENE PARA LA PRESENCIALIDAD.
El Ministerio de Educación del Chaco, a través de la Subsecretaría de Coordinación Presupuestaria y Financiera, junto a la Coordinación General de Programas Nacionales, dio a conocer la Disposición N° 530/2020 de la Subsecretaría de Gestión Educativa del Ministerio de Educación de la Nación, por la que se implementa el “Fondo Escolar Insumos para Apoyar la Prevención del COVID-19”, recursos a distribuir en los establecimientos educativos de toda la provincia del Chaco.
Los fondos según cada matrícula, son de: $10.000 para 50 o menos estudiantes; $15.000 para 51 a 150 estudiantes; $20.000 para 151 a 300 estudiantes; $30.000 para 301 a 450 estudiantes; de $40.000 para 451 a 600 estudiantes; y de $50.000 para 600 o más estudiantes. Los mismos son de carácter rotatorio, por lo que una vez ejecutados y rendidos, podrán ser solicitados nuevamente al Ministerio de Educación de la Nación, quedando a su entera disposición la aprobación de los mismos.
El Ministerio definió que cada establecimiento educativo podrá contar con un aporte financiero de acuerdo a su matrícula, destinado al acceso a insumos y materiales necesarios, a los fines de cumplir con los protocolos de prevención en el retorno a clases presenciales.
Para acceder a los fondos, los directores y las directoras deberán acercarse al Ministerio de Educación o enviar las rendiciones adeudadas de ejercicios anteriores, de lo contrario, no podrán acceder a los nuevos fondos disponibles
REQUISITOS PARA ACCEDER AL FONDO
Los establecimientos educativos deben cumplir con las condiciones necesarias para hacer uso del fondo, o en caso contrario informar con carácter de urgente cualquier inconveniente. Los mismos son: Contar con un número de CUE; contar con Cuenta Bancaria, y su correspondiente Tarjeta de Débito; rendiciones de fondos nacionales recibidos (por cualquier línea, independientemente del año) al día.